22/5/07

El Síndic percibe su retribución de manera irregular

El Síndic d’Aran, Carlos Barrera, está percibiendo su retribución de manera irregular porque, contra lo que establece la normativa legal vigente, el Síndic no ha adoptado ningún acuerdo reconociendo su dedicación exclusiva o parcial o de otro miembro del gobierno ni ningún acuerdo fijando la retribución por el ejercicio de su cargo y porque tampoco ha dictado ningún decreto para ejecutar el cumplimiento legal en este sentido.

En concreto, el Reglamento Orgánico del Conselh Generau d’Aran, aprobado por esta misma institución, establece en su artículo 9 que el Pleno aprobará el reconocimiento del carácter de dedicación exclusiva o parcial de los miembros del Conselh Generau, fijando su retribución.

El Conselh es una corporación local y, según establecen también las Bases Reguladoras de Régimen Local, las retribuciones de los miembros de las corporaciones locales deberán publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia y fijarse en el Tablón de anuncios de la Corporación los acuerdos plenarios referentes a las retribuciones de los cargos con dedicación exclusiva y parcial, así como los acuerdos del Presidente de la Corporación determinando los miembros de la misma que realizarán sus funciones en régimen de dedicación exclusiva o parcial y las retribuciones de los mismos (art. 75 apartado 5).

Para ser más precisos, el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (artículo 13.4) asegura que el Pleno corporativo, a propuesta del presidente, determinará, dentro de la consignación global contenida a tal fin en el presupuesto, la relación de cargos de la Corporación que podrán desempeñarse en régimen de dedicación exclusiva y, por tanto, con derecho a retribución, así como las cuantías que correspondan a cada uno de ellos en atención a su grado de responsabilidad.

Nos encontramos, por tanto, ante una percepción totalmente irregular de retribuciones del gobierno del Conselh Generau d’Aran porque no se ha reconocido en ningún momento la dedicación exclusiva o parcial ni la fijación de las retribuciones.

Este incumplimiento legal es sólo atribuible al Síndic d’Aran, porque, como determina la normativa legal vigente, es él el que debe proponer al Pleno dichos acuerdos, y dictar los correspondientes Decretos y no los consejeros que hayan percibido dichas retribuciones.

El mismo Síndic y el consejero Francisco Vidal perciben las retribuciones más cuantiosas. En los últimos cuatro años, ambas habrían sumado 368.000 euros sin cumplir los requisitos legales que la legislación señala para poder recibir dichas retribuciones. De esta cantidad, correspondería al Síndic unos 235.000 euros y el resto al consejero Vidal, es decir, 133.000 euros.

1 comentari:

Anònim ha dit...

Uf¡¡¡¡¡ ... y esto que es al año o como lo has contado? es mucha pasta.com. Si es asì, el dinero del Conselh, que ès dinero de todos, se va en sueldazos de polìticos y otras empresas.com. Espero que todo esto se regule, así no me extraña que quieran seguir en la poltrona.